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jueves, 22 de julio de 2010

COMO ELABORAR UN RECLAMO DEL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES



Si usted está inconforme con la facturación de su Servicio de Telecomunicaciones (Cable, Internet, Teléfono),  si el  Servicio no se lo están prestando con Calidad, Continuidad o las Operadoras o Concesionarias le han ocasionado Daños y Perjuicios, usted tiene el derecho de interponer un Reclamo ante la Prestataria del Servicio conforme el plazo de 30 días establecido en la Ley de Defensa de los Consumidores, Ley No. 182. La Concesionaria está obligada a resolver en un plazo de 10 días hábiles.



Si la Concesionaria o Prestataria del Servicio de dictó resolución o lo hizo fuera del plazo establecido o si la resolución emitida no le es satisfactoria, puede recurrir ante la Dirección de Titulación y Atención a Operadores y Usuarios de TELCOR en un plazo  de 90 días hábiles, contados a partir de  ocurrida la causa o situación que le dio origen al reclamo. Este reclamo lo puede presentar  la razón social (nombre que aparece en la factura),  Asociación de Consumidores o la persona que paga el servicio, quien debe presentar al menos la última factura cancelada para demostrar que efectivamente es el Usuario.


Requisitos del Reclamo:

Nombre y Apellidos del Reclamante, número telefónico, si lo hubiere.
Relación de hechos.
Haber formulado el reclamo ante el Operador  o Concesionario.
Petición o Solución propuesta por el Usuario.

Si cumple con estos  requisitos, la Dirección de Titulación y Atención a Operadores y Usuarios, admitirá el Reclamo, de lo contrario podrá solicitar al Usuario, completar los requisitos que faltaren.

Admitido el reclamo, la Dirección de Titulación y Atención a Operadores y Usuarios emplazará al Operador o Concesionario para que conteste lo que tenga a bien en un término de 10 días hábiles,  si no lo hace se da por aceptada el reclamo a favor de Usuario, si contesta y es a favor del Usuario, se notificará al Usuario y se mandará archivar el Expediente.

Si el Operador  contesta el reclamo en el plazo establecido se abrirá el Proceso a prueba por un término de 10 hábiles, estando obligada la Concesionaria  a producir las pruebas de descargues en contra de las afirmaciones del Usuario. Las pruebas que se presenten deben ser pertinentes, ciñéndose del caso que se trata, son admisibles las pruebas documentales y testificales.

Transcurrido el término probatorio, la Dirección de Titulación y Atención a Operadores y Usuarios dictará en un plazo de 10 días hábiles la resolución definitiva, en la cual se dará lugar o no al reclamo del Usuario, la cual puede ser impugnada a través de un Recurso de Reposición que debe interponerse en un plazo de 3 días hábiles después de notificada la resolución ante el mismo Funcionario que la dictó, quien está obligado a resolver en un plazo de 5 días hábiles.



Si esta resolución no le es satisfactoria puede interponer un Recurso de Apelación en un plazo de 3 días después de notificada la Resolución que se pretende impugnar ante el superior jerárquico inmediato, quien debe resolver en un plazo de 20 días hábiles y con la notificación de esta Resolución se agota la Vía Administrativa.



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